El Préstamo Interno de documentos se limita al uso de los mismos en la Sala de Lectura de la Biblioteca y en tal sentido queda prohibida la extracción de estos materiales para ser llevados . Para este tipo de préstamo el documento de identificación es el carnet de identidad.
El Préstamo Externo de documentos se efectuará con aquellos materiales que haya más de un ejemplar para no afectar el servicio interno. Está permitida la solicitud de prórroga previa presentación del documento en la fecha establecida.
No se realizarán préstamos externos de los siguientes documentos: ni revistas, ni anuarios. En caso de los ejemplares únicos se mantendrá un control estricto con los mismos, se valorarán los casos de los fines de semanas, días feriados y desde el cierre de la jornada laboral hasta el día siguiente.
El Préstamo Interbibliotecario se hará con aquellos documentos que no sean ejemplares únicos. En caso de que no sean devueltos en tiempo se suspenderá el préstamo por tres meses.
Las Bibliotecarias poseen la plena autoridad para aplicar el presente reglamento y cuentan con el apoyo del centro.
Queda prohibido hablar en la Sala de Lectura en voz alta, realizar o provocar actos que atenten contra el orden y la disciplina que se necesita para el estudio individual como son: correr sillas y mesas con el fin de formar colectivos de estudio, jugar, comer, etc. Los usuarios que incurran en estas faltas serán expulsados de la sala de lectura y tendrán suspendido el préstamo por 1 mes y no podrán permanecer durante este tiempo en la misma. De la misma manera se procederá con aquellos que no hagan uso correcto de los muebles o los estropeen.
Los usuarios que sustraigan de la Biblioteca un ejemplar único sin previa autorización quedarán suspendidos del préstamo por un plazo de seis meses.
Este reglamento estará vigente durante todo el año y será de estricto cumplimiento para estudiantes, profesores e investigadores.
RESPONSABLES DE LA BIBLIOTECA.