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Reglas y funcionamiento:
1.
El Consejo Universitario de Postgrado de la Universidad
de La Habana se constituye por un periodo de dos cursos
académicos.
2. Al inicio de cada curso académico, el 50% de las
Miembros son renovados o ratificados por sus áreas
universitarias de procedencia.
3. El Presidente, Vicepresidente y el Coordinador del GTE
los elige el Consejo de su seno por un período de
2 cursos académicos, prorrogable a un año
por acuerdo del Consejo.
4. La Secretaría del Consejo se radica en la Dirección
de Postgrado de la UH con carácter permanente.
5. Para cada semestre se define un programa de reuniones
ordinarias.
6. La agenda y los documentos de trabajo de cada reunión
se circulan a los Miembros del Consejo en un plazo, no menor,
de 5 días hábiles anteriores a la reunión.
7. Los acuerdos adoptados se circulan a los Miembros del
Consejo en un plazo, no mayor, de 5 días hábiles
a partir de la reunión.
8. Al término de cada curso académico, el
CUPOS-UH informará a los Decanos y Directores sobre
la asistencia y desempeño de sus Miembros en el cumplimiento
de las tareas del Consejo.
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